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Se garantiza la entrega del capital pactado en caso de muerte, o de reconocimiento de invalidez total o absoluta. Se podrán realizar distintas combinaciones con las siguientes garantías:
MUERTE derivada de cualquier causa.
MUERTE POR ACCIDENTE. Siendo acumulativo el capital al establecido para la garantía anterior.
MUERTE EN ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN. Garantía también optativa, que a su vez puede ser acumulativa a las dos anteriores.
INVALIDEZ TOTAL PARA LA PROFESIÓN HABITUAL.
INVALIDEZ ABSOLUTA.
Las garantías de INVALIDEZ TOTAL PROFESIONAL E INVALIDEZ ABSOLUTA, pueden contratarse también por accidente (doble capital) y por accidente de circulación (triple capital).
La prima se calcula en base a la edad del asegurado y a los capitales establecidos para cada riesgo.
Ejemplo de diferentes primas por edades para las siguientes garantías y capitales asegurados :
| EDAD | PRIMA |
|---|---|
| 30 | 17,67 € |
| 40 | 24,28 € |
| 50 | 53,85 € |
Se garantiza la entrega del capital pactado en caso de muerte, o de reconocimiento de invalidez total o absoluta con las mismas combinaciones que las expuestas en el caso de Seguro de Vida Individual, pudiendo ser asegurados por una Póliza, un grupo cualquiera de personas.
La prima se valora en función de la edad de cada uno de los componentes del colectivo y a los capitales que se garanticen por cada riesgo.
EJEMPLO:
Una Empresa asegura a 20 trabajadores, cuyas edades están comprendidas entre los 30 y 49 años(1):
| RIESGOS (2) | PRIMA ANUAL (3) |
|---|---|
| Muerte | 335,26 € |
| Muerte Accidente | 78,13 € |
| Muerte Accidente Circulación | 42,07 € |
| Invalidez Absoluta | 75,13 € |
| Prima total anual aprox. | 550,59 € |
(1) Para hacer este estudio hemos estimado que se llevan un año de diferencia.
(2) Capital asegurado: 6.010,12.
(3) Estas primas están sujetas a posibles variaciones por acomodación a la legislación vigente.
Si cualquiera de los asegurados falleciera por causa natural, los herederos, previamente declarados, percibirían 6.010,12 €.
Si la muerte fuese consecutiva de un accidente, percibirían 12.020,24 €.
Si la muerte fuera consecutiva de accidente de circulación, percibirían 18.030,36 €.
Si se le reconociera una Invalidez Permanente Absoluta, la indemnización sería de 6.010,12 €.